Lectura de derechos a detenido
Euskal Polizia
Ser informado sobre la causa de la detencion.
Guardar silencio, no contestar a las preguntas que se le formulen, o declarar solo ante la Autoridad Judicial.
No declarar contra si mismo y no confesarse culpable.
Designar abogado, solicitar su asistencia en diligencias de declaracion y de reconocimiento. Si no designa abogado, se le designara uno de Oficio, al que solo podra renunciar si es por causa de un presunto Delito contra la seguridad Vial, aunque tambien podra revocar dicha renuncia cuando lo desee.
Acceder a los elementos de actuaciones que sean esenciales para impugnar su detencion.
Que se notifique su detencion y el lugar de custodia a la persona que designe y ademas, a comunicarse telefonicamente con cualquier persona de su eleccion. Si es extranjero, se informara tambien a la Oficina Consular de su pais y podra ser visitado o mantener comunicacion telefonica o escrita con las autoridades consulares.
Ser asistido gratuitamente por un interprete si no comprende el idioma o padece discapacidad auditiva o dificultades del lenguaje o declarar en cualquier idioma oficial del Pais Vasco.
Ser asistido por un Medico Forense, sustituto legal, o por cualquiera otro dependiente de la administracion publica.
Solicitar asistencia juridica gratuita, o la manera y condiciones para solicitarla.
Ser informado sobre la duracion maxima de su detencion o puesta a disposicion judicial, lo que no excedera del tiempo imprescindible para realizar las diligencias necesarias, ni superara las 72 horas. Podra solicitar el Habeas Corpus si desea impugnar la legalidad de su detencion y recibira copia escrita de estos derechos.